
El modelo de fotorradares que durante casi una década funcionó en Ambato quedaría impedido bajo las nuevas reglas que plantea la reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, tramitada en segundo debate por la Asamblea Nacional.

La reforma establece que la instalación, operación y mantenimiento de dispositivos tecnológicos para el control del tránsito no podrán ser contratados con empresas privadas bajo esquemas de pago vinculados a la recaudación de multas.
La medida cobra especial relevancia en Ambato, donde los fotorradares generaron millones de dólares en multas durante los años que estuvieron en funcionamiento. Entre 2015 y junio de 2021, la recaudación alcanzó aproximadamente USD 53,1 millones. Posteriormente, se reportó que durante los primeros nueve años del sistema los ingresos por multas llegaron a unos USD 68 millones.

De ese último monto, alrededor de USD 35 millones correspondieron a la empresa concesionaria y USD 33 millones al Municipio de Ambato, de acuerdo con cifras difundidas públicamente en torno al funcionamiento del sistema.
El esquema contractual de los fotorradares ambateños fue cuestionado precisamente por vincular la retribución de la empresa privada con los ingresos generados por las sanciones. Este modelo provocó críticas debido a que, mientras más multas se emitían y recaudaban, mayores podían ser los ingresos relacionados con la operación del sistema.
La situación de Ambato se convirtió así en uno de los casos que evidenciaron los cuestionamientos alrededor de este tipo de contratos, particularmente por la posibilidad de que empresas privadas tuvieran incentivos económicos relacionados con el número o valor de las multas.
¿Qué plantea la nueva ley?
Las reformas aprobadas en segundo debate establecen nuevas condiciones para el uso de fotorradares y otros dispositivos electrónicos destinados al control del tránsito.
Uno de los cambios principales es que los contratos con empresas privadas para la instalación, operación o mantenimiento de estos equipos no podrán establecer pagos mediante porcentajes, participaciones o incentivos vinculados a la recaudación de multas.
La intención es evitar que una empresa encargada de operar un sistema de control tenga un beneficio económico directamente relacionado con las sanciones que se impongan a los conductores.
Además, el uso de medios tecnológicos de control quedará reservado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) calificados en el modelo de gestión tipo A y certificados por la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT).
La reforma también elimina la posibilidad de ejercer este tipo de control mediante convenios interinstitucionales.
De esta manera, el caso de Ambato marca un antecedente para las nuevas reglas que busca establecer la Asamblea: los fotorradares podrán utilizarse como herramientas de control del tránsito, pero su funcionamiento no podrá convertirse en un negocio para empresas privadas mediante la participación en el dinero recaudado por las multas.






